Autorsko pravo
Trenutni LPI odobren kao "kodificirana Royal Zakonodavne uredbe 1/1996 od 12. travnja", a izmjene i dopune Zakona 23/2006 od 7. srpnja, u članku 1. da "intelektualno vlasništvo književno, umjetničko ili znanstveno djelo pripada autoru, samim tim njegova stvaranja. "
To je, likovni umjetnici, i činjenica da tvorci djela, zakonski su prepoznali autorskog prava ili, što je isto, intelektualno vlasništvo njegova djela, nije obvezno da se registrirate svoj posao u Registar za intelektualno vlasništvo za utvrđivanje autorstva i prava prilogu ..
I što je intelektualno vlasništvo?
Intelektualno vlasništvo je individualno pravo (osobni) sastoji se od niza osobne moći i bogatstva što pripisuju autoru radnog dostupne potpunu i isključivo pravo ga iskoristiti, bez drugih ograničenja od onih utvrđenih u LPI.
To je, LPI prepoznaje autor, samim tim, stvaranja djela niz moralnih i ekonomskih prava nad njom.
Dakle, intelektualno vlasništvo se sastoji od nekih osobnih prava (moralna prava) i drugih sadržaja imovina (ekonomske eksploatacije prava).
Ali što su autorovi moralna prava?
Autorovi moralna prava su niz ovlasti za kreatore umjetničkog djela vrlo osobne prirode temelji se na "kvazi" neodvojivom veze između stvaratelja rada i rada da je razvila.
Stupanj zaštite LIP autor je tako važno da čak navodi da je bilo koji prijenos od strane autora u moralno pravo biti ništav. Razlog tome je što su moralna prava, po sili zakona (članak 4. LPI) neopozivo i neotuđivo.
Što su autorovi moralna prava?
LPI skup autoru moralnih prava, neotuđivih, neotuđiv, sljedeće: - Odlučite, ako radovi moraju biti objavljeni i kako.
- Utvrdite je li objavljivanje moraju biti sa svojim imenom, pod pseudonimom ili znakom ili anonimno.
- Zahtijevati priznavanje njegova autorstva djela.
- Potražnja poštivanje integriteta djela i spriječiti bilo izobličenje, modificiranje, mijenjanje ili napad protiv njega da bi utjecati na njezine legitimne interese ili ugroziti svoj ugled.
- Izmjena rad poštivanje prava stečena od strane trećih osoba i zahtjevima za zaštitu kulturnih dobara.
- Uklonite rad s tržišta, promijenio svoje intelektualne ili moralne osude, nakon naknadu štete koje su nastale od strane nositelja prava iskorištavanja.
- Pristup isključivo ili rijedak primjerak rada, kada je u posjedu drugoga, da bi mogle ostvariti svoje pravo na objavljivanje ili bilo kojeg drugog mjerodavnog prava.Koja su imovinska prava u radu?
LPI prepoznaje autoru ekskluzivno pravo dopustiti ili zabraniti bilo koji oblik na iskorištavanje njegovoga rada, plus broj prava na naknadu autora.
Za prva prava nazivaju eksploatacije prava A ovaj, naknada prava.
Prava mogu se prenositi i autor može dopustiti trećim stranama kako bi mogli pokrenuti (npr. pravo na reproduciranje radova, za distribuciju ...), ali također može dati drugima tu moć da odobri ili zabrani ostvarivanje tih prava.
Ovo odobrenje mora biti izričito iu pisanom obliku i može se obavljati isključivo ili ne isključivo na ograničenja i formalnosti što je detaljno opisano u nastavku.
Prema gospodarskom sadržaja s obje poslovanja prava i prava naknade, zove se skup svih gospodarskih prava.
Koja su imovinska prava u radu?
Prvo, govoriti o tantijema.
U članku 17. lpi priznaje autor ima isključivo pravo da iskoriste svoj rad na bilo koji način, a osobito, umnožavanje, distribuiranje, javno priopćavanje, koji ne može biti bez vašeg odobrenja.Prvo, karakter potpuno uživanje prava na iskorištavanje da autor ima na njegov rad. U našem slučaju, vizualna umjetnica o svojem stvorenju.
Jen Drugo, posljedice koje podrazumijeva: autor može primiti financijsku naknadu za iskorištavanje njegovoga rada. I to je vrlo važno, jer to može biti slučaj, na primjer, da je tvorac tereti za prodaju svog posla i, s druge strane, bakra kad god je igrao.
Etički razlog ove odredbe je u autorovoj pravo nastaviti uspjeh svog rada i ako je vjerojatno da će generirati prihode trećim osobama za njihovo korištenje, razumno je da je autor (motor tog bogatstva) također sudjelovati u ovim prihodi od svoga rada.Reprodukcija pravo je regulirano člankom 18. lpi i onaj koji prepoznaje autorov pravo na provođenje fiksiranje njegov rad u okruženju koje omogućuje komunikaciju i komunikaciju i dobivanje kopije svih ili dijela to.
Iz onoga što je rečeno, odbijaju se najmanje dva važna pitanja:
- Svaka reprodukcija djela ili dio, privremeno ili trajno kroz bilo koji način ili oblik bez autorova pristanka smatra nezakonitim i stoga može biti predmet sudskih radnji i postupaka utvrđenih lpi. Međutim, LPI dolje određene iznimke gdje je suglasnost nije potrebna, na primjer, citati i mišljenja, raditi na tekućim pitanjima predviđenim priznanje izvor i autora. Dakle, u tim slučajevima rad ne smije se reproducirati bez odobrenja.
- Bilo koja vrsta materijala s jedne strane omogućuje komunikaciju rada javnosti, a drugi dobiti primjerke djela u cjelini ili dijelovima toga, može generirati reprodukciju u pravu. Stoga, i kao takva, nema pravo reprodukcije likovnih djela stvaranja, kada je igrajući ih u knjigama, kataloga, brošura, plakata, časopisa, časopisa, kalendara, keramike, tekstila, razglednice
magnetske snimke, audiovizualni, filmovi, interaktivni video, računalne diskete, CD-ROM, CD-I, ebooks, itd..Raspodjela pravo zajamčeno člankom 19. lpi, definirana kao odluka javnosti izvornika ili primjerka autorskog djela na materijalnu pomoć prodaju, najam, zajam ili na drugi način.
Kada je distribucija od strane nositelja prava ili uz njegov pristanak, prodajom ili na drugi način prenosi vlasništvo (npr. donacije), to prestaje nakon prvog transfera.
Por ello, para poder distribuir una obra, su original o copia es necesario el consentimiento del autor, que es el único que en principio, salvo que hubiera transferido el derecho, puede explotar esta distribución.
El derecho de comunicación pública se regula en el artículo 20 de la LPI como todo acto por el que una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Por ejemplo, la exposición pública de obras de arte, la emisión de obras por televisión…
Es importante recordar que cualquier acto de comunicación pública de una obra requiere para su realización el previo consentimiento del autor de la obra y, en consecuencia, en caso contrario, la comunicación pública se considerará ilícita.
Llegados a este punto debemos saber que el artículo 56.2 de la LPI establece una excepción a la regla general y entiende que el propietario del original de una obra de arte plástico y de una obra fotográfica, por el único hecho de haberla adquirido, tiene el derecho de exposición pública de la obra. Por ese motivo si se quiere prohibir la comunicación pública, en los contratos debe añadirse un pacto en el que expresamente se establezca la exclusión de la transmisión del derecho de exposición pública de la obra. Es importante tener en cuenta que no debemos confundir la reproducción de la obra con su comunicación pública, ya que algunas veces la comunicación al público requiere su fijación previa mediante su reproducción.
El derecho de transformación aparece regulado en el artículo 21 de la LPI y establece que la transformación de la obra comprende, respecto de lo que aquí nos interesa, su adaptación y cualquier otra modificación en su forma de la que derive una obra diferente.
Asimismo, para transformar una obra protegida es necesaria la previa autorización del autor, el cual tiene el derecho a explotar esta transformación, es decir, que puede pactar una remuneración para autorizar esa transformación a terceros o bien para realizar él mismo la mencionada transformación. Las formas de transformación de una obra admitidas legalmente son tantas como las que permitan crear una obra diferente mediante la modificación de su forma. Por ejemplo, una pintura convertida en múltiples escultóricos o una animación de un dibujo.
Hay que saber que los derechos de propiedad intelectual de la obra resultado de la transformación corresponderán al autor de ésta última, con independencia de los derechos que pudieran corresponder al autor de la obra preexistente. Así, por ejemplo, una obra pictórica convertida en una obra de animación, una vez autorizada la transformación será el creador de la animación quien tendrá los derechos sobre la obra transformada (obra derivada).
Entre los derechos patrimoniales, también nos encontramos con los DERECHOS DE SIMPLE REMUNERACIÓN , regulados en los artículos 24, 25 y 90 de la LPI.
Entre estos derechos nos interesa hablar del “Derecho de Participación” regulado en el artículo 24 de la LPI.
Mediante el Derecho de Participación , se busca asegurar al autor la percepción de una retribución equitativa de los rendimientos que se deriven de la utilización económica de su obra.
Con este derecho se pretende que todos los creadores visuales participen, con una remuneración equitativa, en los importes de las sucesivas reventas de su obra.
Para conseguir ese objetivo, el artículo 24 de la Ley de la Propiedad Intelectual española establece a favor de los autores de obras de arte plásticas el derecho a percibir del vendedor el 3% del precio de la reventa de sus obras cuando la misma se realice en subasta pública en establecimiento mercantil o con la intervención de un comerciante o de un agente mercantil.
De acuerdo con la norma española, se exceptúan de este derecho las obras de las artes aplicadas y se establece que el derecho se podrá aplicar cuando el precio de la reventa sea igual o superior a 1.803,04 euros por obra vendida o conjunto que pudiera tener carácter unitario.
¿Cómo proteger los derechos de autor?
La mejor manera de proteger los derechos de autor es contemplar, ya sea en el mismo contrato o en un documento separado, cuáles son los derechos de autor sobre la obra (de carácter patrimonial) que se ceden, así como la retribución que el creador visual recibe por esta cesión.
En este punto, se debe tener muy claro que una cosa es el soporte material de la obra y otra los derechos de carácter patrimonial que sobre la misma se ceden.
Efectivamente, hay que recordar, por ejemplo, que cuando se vende una obra lo que se vende es el soporte material (un cuadro, un bronce, una fotografía, etc.), pero no los derechos de carácter patrimonial sobre la misma (derechos de reproducción, distribución…).
Es decir, que para adquirir el derecho de explotar una obra que se ha adquirido o para poderla reproducir, por ejemplo, es indispensable haber recibido del autor la autorización para hacerlo o bien la cesión de esta facultad. Por ello, se debe tener claro que comprar una obra de arte o encargar su realización no significa de ninguna manera tener la capacidad para poder reproducirla. Para reproducirla, insistimos, el autor de la creación visual debe haber autorizado ese uso de forma expresa y por escrito a quien ha comprado o encargado la obra.
La LPI establece de forma explícita que han de recogerse expresamente cuáles son los derechos que se ceden (Artículo 43.Cesiones Expresas) y que esta cesión se haga, necesariamente, por escrito (Artículo 45. Formalización escrita).
Por lo tanto, si los compradores de las obras, cuando las compran o las encargan, piden que se les cedan facultades para explotarlas, estas facultades deberán ser recogidas de forma expresa y por escrito en el contrato.
En este sentido, es esencial que en el contrato estén claramente separadas las cláusulas que hagan referencia a los derechos de autor y aquellas que hagan referencia al objeto del contrato (compraventa, cesión de obra para exhibición, depósito…) de forma que la regulación de unas y otras cuestiones no se confundan.
Por ejemplo, la remuneración que se dé al autor por el encargo estará determinada específicamente y no será la misma que la que se establece para compensarlo por la cesión o la autorización que otorgue para reproducirla.A la hora de regular las cesiones de los derechos patrimoniales se deben tener en cuenta las siguientes pautas generales:
a) Que las cesiones de los derechos de explotación se deben establecer expresamente, indicando sus modalidades.
Así, por ejemplo, si lo que se desea es autorizar la explotación de la obra mediante su reproducción en un libro o en una postal o en una camiseta deberá expresarse de esta forma tan específica, así como el tiempo en que se autoriza la explotación o se cede el derecho y el ámbito espacial en el que se podrá ejercer esta cesión para quien la recibe. En caso contrario, cuando no se exprese específicamente ni se concreten las modalidades de explotación de la obra, las cesiones quedarán limitadas a aquellas que se deduzcan necesariamente del propio contrato que firme el autor y que sean indispensables para cumplir la finalidad propuesta.
b) Que se deberá especificar el carácter de exclusividad de la cesión. En este punto es conveniente señalar
· Cuando la autorización tenga el carácter de exclusividad debe recogerse expresamente.
· Cuando la cesión de un determinado derecho patrimonial sobre la obra se hace con carácter de exclusividad –salvo que expresamente se pacte lo contrario– se está permitiendo a la persona a quien se autoriza que pueda efectuar autorizaciones a terceras personas sin conocimiento del creador visual.
· Cuando la cesión de un determinado derecho patrimonial sobre la obra se hace con carácter de exclusividad, se está permitiendo que se explote este derecho sobra la obra con exclusión de cualquier persona, incluso del propio creador visual.
Na opasnost od strane umjetnika ekskluzivne licence čine ga preporučljivo obavljati zadatke ne-ekskluzivno, te da time stvoritelj ima veću kontrolu nad njihovim radom i zadržava pravo da druge ovlasti trećim stranama.
c) da ugovor mora biti dobio naknadu Autor / gospodarska razmatranje za dodjelu darovnica ili ovla je jasno odvojen, različit od bilo koje druge naknade primljene od strane autora drugim pojmovima, kao što je posljedica niz isplate za prodaju radu ili zbog profesionalne naknade za redom primili.
d) prijenos prava iskorištavanja svih djela koja je autor / može stvoriti u budućnosti jednaka nuli, i Savezi autora / A obvezuje da ne napravite bilo koji posao u budućnosti .
e) da ne postoji mogućnost prijenosa prava uporabe ugovor za korištenje djela u medijima ne postoje ili nisu poznati u vrijeme sklapanja ugovora.
U ugovorima za prodaju umjetničkih djela ili fotografije, kupci nemaju pravo da ih iskorištavaju, ali da je izričito prenesena. Ovo pravilo ima iznimku: pravo javnog priopćavanja, budući da implicira jednostavne činjenice prodaje, osim ako izričito isključena u ugovoru.
Navesti, konačno, da je od UAAV preporuča se da naknada, u slučajevima gdje je prostor, muzej ili umjetnost središte je platio izradu rada za izložbu, klauzulu u kojoj ove kulturne agenti za razdoblje vremena, koji je doveo do posla u svojim publikacijama (website, magazin, plakati, banneri, dokumentacije, kataloga, ...) bez da plati nikakvu naknadu.
U ovom slučaju to se podrazumijeva da autor / i primati naknadu za ovaj transfer putem naplate naknade za izložbu djela. Prema naprijed, jer je neophodno UAAV u ugovoru naknada u izložbi radova, 15% od ukupne izloženosti.
U zaključku, kao što je navedeno, čini se da je priznanje od strane lpi, copyright je od temeljne važnosti, za razliku od onoga što se događa u drugim pravnim poslovima robe, osim vizualnih kreacija (na primjer u prodaji stroj za šivanje), u kojoj je novi vlasnik stekao kroz kupiti cijeli odlaganje imovine i njihove eksploatacije, dok prilikom kupnje nekretnine (prodaja) ili posjedovanje (repo) o umjetničkom radu, nije stekao pravo da ga koriste, osim kako je izričito dao autoru. Samo steći hardver na kojem je rad Incorporated.
Priručnik prakse i modele ugovora.
DOWNLOAD: nabava vodič
Potraživanja od 1.-
16. Promjene u zakonu o autorskim pravima i kolektivnog upravljanja.
16.1. Nedavna zakonodavstvo na desnoj strani je nevažno. U odbijanju obvezno kolektivnog, ostavljajući rješenje ovog prava na inicijativu sudionika na tržištu. Moramo reformirati zakon u ovoj oblasti i uspostavi obaveznog kolektivnog upravljanja koji će stvoriti pravi fondova potpore za likovne umjetnosti Autonomna njeguje Nije zatražen od strane vlasnika tog prava (autora ili nasljednici) za u nastajanju ili manje poznati autori.
16.2. Nužna i hitna reforma pravo intelektualnog vlasništva 56,2 članka treba brisati, neobjašnjivo, daje pravo na prikazivanje vlasnika radu vizualni ili fotografski. Ova diskriminacija sprječava ponekad ekonomska eksploatacija javnih komunikacijskih prava (naknada za izloženosti) treba oporaviti autora. Udruga za kolektivno ostvarivanje bi trebao upravljati ovu važnu pravo.
2.-Dokumenti
Sudjelovanje preprodaja rada točke
Sudjelovanje Zakon o preprodaji posla. Zakon Derec .. [1]Pravo vlasništva nastaje kada preprodaji cijena je manje od 1200 eura (bez poreza) dizajnirane za rad ili unitarnu skup prodaje.
Preprodaji pravo je pravo autora vijek) ili članova njihovih obitelji (70 godina od 1. siječnja godine koja slijedi nakon godine u kojoj se dogodila smrt ili izjavu o smrti autora) da sudjeluju u cijena od preprodaje djela grafičke umjetnosti ili plastike (kao što je slika, kolaž, slike, crteži, bakrorezaca, grafike, litografije, skulpture, tapiserija, keramika, staklo, fotografije i video umjetnosti komada) koje nakon prvog prijenosa autora i uključuje kao prodavača, kupaca i posrednika umjetnosti tržišta stručnjaka (kao što su salesrooms i aukcijske kuće, umjetničke galerije, umjetničke trgovci) i U principu, bilo koja fizička ili pravna osoba koja redovito obavlja brokerske djelatnosti u ovom tržištu.
Iznos doprinosa odgovaraju autora je kako slijedi:
· 4% od prvih 50.000 eura preprodaji cijenu.
· 3% od preprodaji cijena između 50,000.01 i 200.000 eura.
· 1% od preprodaji cijena između EUR 200,000.01 i 350.000 eura.
· 0,5% od preprodaji cijena između EUR 350,000.01 i 500.000 eura.
· 0,25% od preprodaji cijena prelazi 500.000 eura.
Ni u kojem slučaju ukupan iznos carine smije prelaziti 12.500 eura.Reforma članka 56. preuzimanje
Royal Zakonodavni Uredba 1/1996 Pravo intelektualnog vlasništva2011 Kraljevski dekret kojim se regulira rad Komisije o pravima intelektualnog vlasništva mcu.es
+ Nacrt Uredba o pravu intelektualnog vlasništva Sinde MCU / pdf
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COPYRIGHT u prodaji umjetnina
Kao što je već navedeno, u prodaji umjetnina je kupljen hardver ili opreme koja uključuje rad, rezerviranje tvorca autorskih prava (i moralne).
Moralna prava. 4,1: posebna pozornost na slučajeve prodaje. LPI prepoznaje autoru niz sadržaja prava i moralnog karaktera u radu, a ne izgubili na to prodaje, a to su nezaobilazni i neotuđivo. Stoga je autor /, čak i nakon prodaje rad, zadržava vlasništvo nad sljedećim moralnih prava: Odlučite li se rad treba objaviti i kako. U okviru ovog moralnog prava Treba napomenuti da je sama prodaja ne uključuje objavljivanje rada, osim ako je, očito, to je u muzeju, galeriji ili bilo koje druge osobe čiji je posao sastoji se u izložbe umjetničkih djela. LPI definira objavljivanje djela kao i svaki izraz isto, uz suglasnost autora kako bi bio dostupan za javnost prvi put u bilo kojem obliku. Međutim, ne postoji komunikacija otkrivanje kada se odvija u strogo domaći koji nije priključen na mrežu prijenosa bilo koje vrste. Stoga se može zaključiti da kad je kreator prodaje svoj rad privatnog pojedinca ne obavlja čin otkrivanja još uvijek može odlučivati ako je njegov rad ili ne objaviti, a ako je tako, kako. Utvrditi je li objavljivanje je da se na vaše ime, pod pseudonimom ili znakom ili anonimno. - Zahtijevati priznavanje njegova autorskog djela - na zahtjev. Poštovanje integriteta djela i spriječiti bilo izobličenje, modificiranje, mijenjanje ili napad protiv njega da bi utjecati na njezine legitimne interese ili ugroziti svoj ugled. Nažalost, nisu svi kupci su svjesni kada su kupnju umjetnina kupiti hardver sama, a ne moralne i ekonomska prava iz rada, zašto, ako vidimo da je to tako zgodan da se prepisati u ugovoru u svrhu obrazovne, autorska prava (i moralne) da je umjetnik i zadržava prodavši svoj posao. Stoga, pristupi koji vrijede u drugim vrstama roba koji nisu obuhvaćeni lpi ("ovo je moja i ja učiniti s njom ono što ja želim") ne može primijeniti na djela. Dakle, odgovor mora biti potvrdan kada vas pitao da li autor može ostvariti svoje moralno pravo na izvedbu skulptura kupac (vlasnik hardvera), koji je naslikao "Emerald" zeleni shvatiti da je to boja dosljedniji od originala, s obzirom na vrt, gdje se nalazi. O također ima pozitivan odgovor na konzultacije autora koji je uništen jer je njen vlasnik je posao bio "umoran" od njega. Obje su povrede moralnog prava umjetnika sposobnog proganjanja. Promijeniti posao poštujući prava stečena od strane trećih osoba i zahtjeva za zaštitu imovine i kulturnih atrakcija. Uklonite rad s tržišta, promijenio svoje intelektualne ili moralne osude, nakon naknadu štete nositelja eksploatacije prava. U tom slučaju, autor mora biti svjestan da ako želite ostvariti to moralni zakon mora nadoknaditi vlasniku hardver i / ili vlasnika prava na iskorištavanje djela u štete koje takvo povlačenje rada od vas uzrokovanu štetu. Pristupite pojedinca ili rijedak primjerak rada, kad je u posjedu drugoga, kako bi se iskoristila pravo na objavljivanje ili bilo kojeg drugog mjerodavnog prava.
4,2 Autorsko pravo na imovinu. Posebnu pozornost na ugovor o prodaji. Kao što je za iskorištavanje prava na prodaju radu odnose se na, kako je navedeno u uvodu ovog Vodiča za iznajmljivanje, pod naslovom "Copyright", preporučujući da ugovore o prodaji uključuju Savez predložio Četvrti model je sada pod kontrolom. Važno je napomenuti da su autori ponekad određene institucije pritisak umjetnici i tjerali ih ustupiti imovinska prava autora na njihovim djelima, kada su kupili biti dio svoje zbirke u trenutku kupnje kako bi se utvrdilo prijenos tih prava. Takvi sporazumi su nesavjesnog ako ne i protuzakonito. Međutim, s obzirom da je vrlo uobičajena da je kupac zainteresiran za dodjelu "prisilnog" određenim eksploatacijskih prava na rad prodan, donosimo popis najčešćih pojmova s kojima možemo pronaći i preporučiti da se ne prijave ovdje ili posjetite s naše udruge, profesionalna ili upravljanje entitetskim prava.
PRIRUČNIK prakse i modeli UGOVORA. Više
DOWNLOAD: nabava vodič
3 - Kolektivno ostvarivanje prava Zaklade Autor.Vegap i umjetnosti i zakonom
VEGAP (Visual Uprava društva likovnih umjetnika) je osnovana 1990 od strane ministara Reda Ministarstva kulture kako bi se omogućilo likovni umjetnici za upravljanje svoja prava u praksi.
VEGAP, kao udruga za kolektivno ostvarivanje prava, a ne za profit i vlasništvu tih likovnih umjetnika, koji žele da se pridruže. U slučajevima kada je počinitelj član VEGAP, ugovor je ograničen, da bi odražavala ovo stanje i da će VEGAP koji upravljaju tim pravima izravno s korisnikom, kao osoba koja je izdala odgovarajuće licence. Što je VEGAP
putem VEGAP | Što je VEGAP .
Prava uspio VEGAP
Pravo reproduciranjaPravo sudjelovanjaJavna komunikacijaPrivatno kopiranjeputem VEGAP | priključi se | Prava Rights Management upravlja VEGAP .
Teme interesa
Oporezivanje autoraNatjecanja baze podatakaPrisilni zadaciPrivatno kopiranjeIntegritet raduKolektivno djeloTeme interesaputem VEGAP | Partneri | Teme .Što je Art Foundation i zar ne?
O osnivanju
kroz umjetnost i Zakon Zaklade za likovnih stvaratelja: O Zaklade: Namjena .
Vijesti:- Novi ugovor za članstvo VEGAP koja vam omogućuje da odlučite što želite komada za upravljanje
Do sada je autor potpisan članstvo sporazum prema kojem VEGAP ustupljeno upravljačka prava i isključivo za svoje ukupne proizvodnje. Ali VEGAP skupština u ožujku je odobrila korištenje novog modela ugovora koji omogućava autoru da odlučite što želite raditi za upravljanje.
Ova promjena omogućuje umjetnik raditi s više slobode i fleksibilnosti preko različitih načina upravljanja svoja prava i za svaki pojedini posao, ili prikupljanje (kroz VEGAP), upravljanje osobljem ili korištenjem različitih modela Creative Commons licenci.
Sam u prilogu novog modela adhesión.pdf ugovora .
- Pravo na naknadu za privatno kopiranje
je pravo na obvezno kolektivno nadoknaditi autora kopije od strane ljudi kojima je oduzeta njihovim djelima (fotokopiranje, CD, DVS). Obvezno kolektivno ostvarivanje znači da su iznosi koje plaćaju proizvođači i uvoznici uređaja koji omogućuju kopiranje privatnu može naplatiti upravljanja osobe. U našoj industriji, VEGAP naplaćuje te iznose i dužan je predati svim autorima, a ne samo među svojim članovima.
Iz tog razloga, jer je pravo naplate što ima bilo kakve autora, VEGAP nas je kontaktirao zatražiti da ova vijest se distribuiraju i upute za izvršenje plaćanja carine između maksimalnog mogućeg broja likovnih umjetnika koji nisu članovi VEGAP.
Ako nije član VEGAP, ali žele prikupiti vaše pravo na naknadu za privatno kopiranje moraju ispunjavati obrasce koje priključite. Kao što možete vidjeti list s obrascem na svakoj strani. Jedna strana mora prikupiti podatke o reprodukciji radi svoje knjige i asimilirani. Drugi oblik treba uključivati podatke o javnog priopćavanja svojih audiovizualnih djela (emitira na TV-u).
Pošaljite obrasce VEGAP, pozornost Carlos Gonzalez, šef Odjela za članstvo, C / Nunez de Balboa, 25. 28001, Madrid. Ili e-mail na: cgonzalez@vegap.es.Možete preuzeti obrazac na sljedećim linkovima:
CP07-1 upitnikPITANJA I ODGOVORI
kroz umjetnost i Zakon Zaklade za likovnih stvaratelja: Copyright: pitanja i odgovori .
UMJETNIKE PRAVA
kroz umjetnost i Zaklade Pravnog, za likovnih stvaratelja: Autorska prava: Prava likovnih stvaratelja .
Nacionalno zakonodavstvo
kroz umjetnost i Zakon Zaklade za likovnih stvaratelja: Copyright: zakonodavstvo .
ISPITIVANJE I KONFERENCIJE
kroz umjetnost i Zaklade Pravnog, za likovnih stvaratelja: Copyright: eseje i predavanja .
- Kulturna i socijalne skrbi Fond
Pomoć Aktivnosti
- Savjetodavne usluge
- ASESÓRATE
- Porezne savjete
- SOCIJALNA SLUŽBA Intervencija
- Fond za obranu moralnog PRAVA
- UMJETNICI OSIGURANJE
- Multi-Peril osiguranje
- Osiguranje od odgovornosti
- Osiguranje u slučaju nezgode
- Stomatološka osiguranje
- KORISTI članovima
kroz umjetnost i Zakon Zaklade, u korist likovnih umjetnika a: Relief Aktivnosti: nesreća osiguranje .
El artículo 155 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual establece que las Entidades de Gestión deberán, directamente o por medio de otras entidades, promover actividades o servicios de carácter asistencial en beneficio de sus socios, así como atender actividades de formación y promoción para el sector.
La ley determina que la cantidad destinada a estos efectos será el 20% de la recaudación por el derecho de remuneración compensatoria por el uso privado de la copia y que se destinará, por partes iguales, al desarrollo de estas actividades.
VEGAP desarrolla estas actividades con cargo al Fondo Asistencial y Cultural, y encomienda cada año a la Fundación Arte y Derecho la gestión de este Fondo.
Para más información consulta la página Web de nuestra Fundación:
vía VEGAP | Defensa de la Creación | Fondo Asistencial y Cultural .
- Por qué hacerse socio de VEGAP
El artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, dice: ” Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes ya participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. Toda persona tiene derecho a la protección de sus intereses morales y materiales derivados de toda producción científica, literaria o artística de la cual es autor”. Los derechos sobre las obras pertenecen a su autor, quien puede ejercerlos de forma individual o colectiva. También puedes optar por no ejercerlos. Es una decisión propia. La Ley de propiedad Intelectual ofrece mecanismos que permiten entre otras acciones, proteger la obra frente a vulneraciones de carácter moral y percibir una remuneración económica cuando la obra es utilizada por terceros, sean cuales sean los propósitos de esta utilización.
Es la Ley la que crea la figura de las sociedades de autor o entidades de gestión que son asociaciones sin ánimo de lucro, de carácter colectivo. Estas entidades permiten a los autores organizarse y ejercer estas facultades de una forma eficaz. La primera sociedad de autores de la creación visual nació en Francia a principios del siglo pasado, más tarde, los autores de cada país fueron creando su propia sociedad. VEGAP nació en el año 1990 a instancias de los artistas en colaboración con el Ministerio de Cultura.
Los creadores que así lo desean se incorporan a VEGAP mediante un contrato que garantiza la gestión de sus derechos en el ámbito nacional e internacional. VEGAP tiene suscritos contratos de reciprocidad con otras sociedades de autor lo que garantiza que los autores tengan sus obras protegidas en una gran cantidad de países.
Como creador tienes derechos y puedes ejercerlos de forma gratuita y eficaz a través de la organización que ha creado la comunidad artística.
vía VEGAP | Autores | Por qué hacerse socio de VEGAP .
http://www.vegap.es
http://www.arteyderecho.orgProyecto “Encuentros con Vegap” 2010
“ Encuentros con Vegap ”, son un conjunto de actividades encaminadas a la divulgación de los derechos de autor y de la gestión colectiva de estos derechos entre los autores asociados a las asociaciones federadas dentro de la UAAV, Unión de Asociaciones de Artistas Visuales. Ovaj program je financiran od strane skrb i kulturnu VEGAP kroz zaklade za umjetnost i Zakonom.
Encuentros con Vegap”,UAAV/Calendario de los actos públicos de las asociaciones de la UAAV « UAAV.
De acuerdo al convenio de colaboración establecido entre la Unión de Asociaciones de Artistas Visuales (UAAV) y la Fundación Arte y Derecho, y dentro del programa “Encuentros con VEGAP” , AAVAC organiza, una conferencia dedicada a la difusión de la entidad de gestión de derechos de autor, “Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos” (VEGAP), que desde 1990 viene trabajando en la protección de los derechos de los autores de obras de creación visual. (Modelo de las jornadas)
Javni događaj:
Encuentros con VEGAP ( AVVAC documentación)
Conferencia / 26-11-2010 / 19.00 h. / Octubre Centre de Cultura Contemporània.
Konferencija će se baviti sljedećim temama:
Program:
A. - Objašnjenje VEGAP kao organizacije.
a) pravne i političke prirode.
b) Operativna struktura.
c) Los socios y la entidad.
d) upravljanje prava.
e) raspodjela prava.
Kolokvij
2 -. VEGAP kao mrežni čvor.
a) autora društva kao društvenom i političkom pokretu.
b) Las estructuras de representación (CISAC, IFRRO, EVA).
kolokvij
3 -. VEGAP u digitalnom okruženju.
) privatno kopiranje.
b) La tarta digital.
c) Autori i prijenos njihovih prava.
d) Las “obras huérfanas”.
Paula Jiménez de Parga; Directora Centro VEGAP Catalunya.
José Vicente Quirante; Director de la Fundación Arte y Derecho.
Predstavlja: Juan Jose Martin.
Presentación:preguntas y respuestas:
4.- Pequeño glosario :
Es difícil, muy difícil pero hemos intentado hacer un glosario riguroso jurídicamente pero claro, sencillo y ameno.Copyright
Copyright es el término más común para denominar a los derechos de autor en los países de tradición jurídica anglosajona. Esta denominación pone el énfasis en los derechos de explotación económica, que convierten a la obra del autor en objeto de comercio. Por el contrario, el término droit d'auteur, empleado en los países de tradición romano-germánica, hace alusión al sujeto del derecho, al creador ya los derechos que a él se le reconocen, tanto patrimoniales, como morales.Derechos de autor
Los derechos de autor son una serie de facultades de corte monopolístico, los derechos de explotación, y una serie de prerrogativas de carácter personal, los derechos morales. Tales derechos sobre la obra literaria, artística, científica que cumpla con el requisito de originalidad, corresponden al autor, por el solo hecho de su creación.
Desde ese momento, los derechos de autor son ejercitables erga omnes. El autor tendrá el derecho a prohibir cualquier uso de la obra que suponga una infracción de sus derechos. No obstante, el ejercicio de los derechos está sometido a ciertos límites legales como la cita o reseña de las obras; la utilización de las obras con ocasión de informaciones de actualidad y las situadas en vías públicas; la reproducción y préstamo de las obras en determinadas instituciones; la ejecución de obras musicales en actos oficiales y ceremonias religiosas; la copia privada, etc.Registro de la propiedad Intelectual
Es un Registro único en todo el territorio nacional, integrado por los registros territoriales, el Registro Central y la Comisión de Coordinación. El Registro es un medio para la protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre sus obras, actuaciones o producciones.
La inscripción registral no es constitutiva, pero supone una mejor protección de los derechos de propiedad intelectual proporcionando una prueba cualificada de la existencia de los derechos inscritos.Propiedad Intelectual
Dentro del término “Propiedad Intelectual” se engloban dos tipos de derechos: los “derechos de autor” y los “derechos conexos”. Los derechos de autor establecen la protección a las personas creadoras de obras del intelecto, mientras que los derechos conexos protegen a los que de algún modo, realizan trabajos y aportaciones que el legislador también ha entendido que deben ser protegidas. Esta última categoría incluye el derecho de los artistas intérpretes y ejecutantes, de los productores de fonogramas, de los productores de grabaciones audiovisuales, de las entidades de radiodifusión, de los autores de meras fotografías y de aquellos que llevan a cabo determinadas producciones editoriales.
En general, desde un punto de vista jurídico, pueden distinguirse dos clases de derechos de propiedad intelectual: Derechos morales y Derechos patrimoniales.Derechos morales
Son derechos inalienables e intransmisibles que engloban principalmente el derecho a la paternidad de la obra (ser reconocido autor de una obra), el derecho a la integridad de la misma (impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella) y el derecho a decidir en qué forma se difundirá la obra. También se contemplan, por parte de la ley española, el derecho a retirar la obra del mercado, o el derecho a acceder al ejemplar único o raro de la misma; aunque el ejercicio de estos últimos derechos es poco frecuente.Derechos patrimoniales
Son los derechos de explotación de la obra, generalmente con contenido económico. Se incluyen entre ellos los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.Obra registrada
La obra registrada es la obra inscrita en el Registro de la Propiedad Intelectual.Copyleft
Este término es empleado en contraposición a Copyright. Las licencias de Copyleft permiten al cesionario de los derechos, estudiar la obra licenciada, reproducirla, distribuirla y modificarla. Ello, siempre y cuando el cesionario permita a licenciatarios subsiguientes disfrutar de las mismas libertades. Las licencias de Copyleft son conocidas como licencias recíprocas (reciprocal licenses). De esta forma, se asegura que el proceso cumulativo de creación y mejora de la obra no va a ser comprometido por restricciones que pueden imponer los distintos autores intervinientes.
La licencia de Copyleft más conocida es la Licencia Pública de GNU (GNU General Public License o “GNU GPL”), empleada para la distribución de software libre. Richard Stallman, fundador del Proyecto GNU, es conocido como la persona que acuñó el término Copyleft.Creative Commons
Creative Commons es una organización no gubernamental, sin ánimo de lucro, que fue fundada por Lawrence Lessig, profesor de derecho en la Universidad de Stanford y especialista en Propiedad intelectual y Derecho del ciberespacio.
El objetivo de esta organización es facilitar el acceso del público a las creaciones intelectuales protegidas por medio de derechos de autor, a través de un sistema de licencias tipo. El régimen de propiedad intelectual otorga a los autores todos los derechos sobre sus obras. A través de las licencias Creative Commons, los autores pueden reservar sólo algunos derechos patrimoniales o, si así lo desean, hacer dejación de todos ellos; permitiendo a los usuarios llevar a cabo actos que, de otra manera, necesitarían de la autorización previa de los autores.Shareware
Se denomina Shareware a una modalidad de distribución de software de forma gratuita, aunque por tiempo limitado. Pueden existir limitaciones, asimismo, en cuanto a las formas de uso o las facultades finales del usuario. Para adquirir una licencia de software que permite el uso del programa de manera completa se requiere de un pago (muchas veces modesto) aunque existe también el llamado Shareware de precio cero, si bien es muy poco común.
No debe confundirse el Shareware con el sistema Freeware que indica que un software es totalmente gratuito. Tampoco debe confundirse el hecho de que un software sea Shareware o Freeware con el hecho de que sea de Código Abierto (“Open Source”), ya que esto último depende de la accesibilidad o no al código fuente, mientras que los primeros son denominaciones de la forma o sistema de comercialización.Freeware
Freeware es un software que se distribuye sin contraprestación, de forma gratuita. El Freeware es software propietario y su licencia de distribución no proporciona, normalmente, acceso al código fuente. Los términos contractuales en los que se distribuye confieren a los usuarios las facultades de libre reproducción y redistribución; pero, dado que el código fuente no está disponible, ellos no pueden estudiar, adaptar o modificar el programa. Ésta es la diferencia fundamental con el Free Software. En Freeware, el adjetivo “free” hace referencia a gratuito; sin embargo, en Free Software, hace referencia a libertad -“Free as in free speech, not as in free beer”.Royalty free
El término “royalty” o “royalties” (en castellano, “regalía”) significa la participación en los ingresos o la cantidad fija periódica que se paga al propietario de un derecho a cambio del permiso para ejercerlo.
En el ámbito de la propiedad intelectual, se denominan regalías a las cantidades porcentuales oa tanto alzado que perciben los titulares de derechos como contraprestación por las licencias de uso de sus obras, invenciones, marcas, diseños industriales, etc.
El concepto “royalty free” hace referencia a todo el material que puede ser usado sin tener que pagar regalías por ello. Se entiende como royalty free, aquellas obras, invenciones… de las que se puede disponer mediante un pago único o gratuitamente, bien porque han caído en el dominio público (por ejemplo, por haber expirado el plazo de vigencia de los derechos de autor) o bien porque son distribuidas mediante alguna licencia que permite el uso sin contraprestación.
*Glosario basado en el ordenamiento jurídico español por lo que algunos aspectos no son aplicables a otros ordenamientos.Reportaje publicado en AyD 91 (05/07)
5.- HISTÓRICO:
En 1990 un numeroso grupo de artistas representados bajo la ya desaparecida “Confederación de Artistas Plásticos”, solicitaron al Ministerio de Cultura su apoyo para la puesta en marcha de una entidad. Esta solicitud estaba plenamente justificada pues el sector no contaba en su seno con ningún grupo empresarial que apoyase esta iniciativa.Para poder iniciar esta gestión, los propios autores debían organizarse en entidades legalmente constituidas y solicitar dicha autorización al Ministerio de Cultura. Por ello, se constituyó la Asociación sin ánimo de lucro, denominada “Visual Asociación de Artistas Plásticos”, que se fundó el 17 de Mayo de 1.990.
El Ministerio de Cultura fue sensible a la reivindicación de los artistas plásticos, pues entendió que la ausencia de una entidad de gestión colectiva para este sector impedía la aplicación práctica de la Ley o, al menos, la dificultaba enormemente.
Así, el 5 de junio de 1990, se publicó la Orden Ministerial que autorizaba a los propios artistas plásticos para operar como entidad de gestión, ejerciendo los derechos que les fueran confiados, siempre por cuenta y en interés de sus asociados.
vía VEGAP habla .
Los artistas plásticos exigen derechos de autor
El manifiesto de Zaragoza pide la propiedad moral y económica de los creadores
ROCIO GARCÍA - Zaragoza – 01/12/1993
La tierra de Goya acogió ayer las quejas de los artistas plásticos. Antonio López, Ràfols Casamada, Luis Gordillo, Juan Genovés, Eduardo Chillida y Javier Mariscal pidieron en Zaragoza que el Gobierno haga respetar sus derechos de autor, recogidos en la Ley de Propiedad Intelectual. “Al artista hay que defenderle y no explotarle. Es hora de que tomemos el poder y de que se nos respete y reconozca”, dijo Gordillo, presidente de VEGAP (Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos), entidad organizadora del acto, en el que la gran ausente fue la ministra de Cultura.
El manifiesto de Zaragoza, que recogió ayer el director general de Bellas Artes, José Guirao, en nombre del Ministerio de Cultura, consta de 14 puntos y en ellos se examinan las obligaciones del Estado y la sociedad civil para con los derechos de autor, tanto morales como económicos. Los artistas plásticos, en el manifiesto, piden la supresión del apartado 2 del artículo 56 de la Ley de Propiedad Intelectual, que regla los derechos de exhibición, por considerarlo una sustracción de sus derechos por parte del propietario de la obra. También solicitan la obligación de informar al autor de la localización de sus obras en cada momento; lo que es un derecho moral nuevo en España, pero que está presente desde hace mucho tiempo en las legislaciones europeas.Otras de las reivindicaciones del manifiesto es la petición de rebajar el precio umbral de 300.000 pesetas hasta situarlo en los límites europeos, en tomo a las 25.000 o 30.000, en los casos de reventa de la obra. Por último, los artistas son partidarios de aumentar a 70 años -ahora están en 60 años- los derechos de explotación de la obra por parte de los herederos en caso de muerte del autor.
Los pasillos del paraninfo de la Universidad de Zaragoza se llenaron de pintores y escultores. Los había más militantes y otros más despistados. Luis Gordillo se encontraba entre los primeros. Como presidente de VEGAP, entidad que gestiona los derechos de autor de los artistas plásticos, el pintor sevillano se quejaba de que, a pesar de que sobre el papel la Ley de Propiedad Intelectual de 1987 es “positiva y progresista”, su aplicación deja mucho que desear.
Tienen tan interiorizado el sentido del sufrimiento y la desilusión, que aún el mismo Gordillo, el más activo de todos, confiesa que se daría con un canto en los dientes si se recogieran en un futuro algunas de sus reivindicaciones. “Nuestras esperanzas no existen”.
Sin embargo, Gordillo no cree que los artistas plásticos estén discriminados legalmente con respecto a los escritores o músicos, ni que haya un vacío legal. “En España se hacen leyes preciosas, pero después no se aplican. El Gobierno no se puede hacer el loco y debe obligar a las instituciones ya la propia Administración a divulgar, cumplir y hacer cumplir los derechos de los artistas”, señaló ayer en la prestación del manifiesto.
A juicio de Gordillo, una de las prioridades de este colectivo es la de “convencer a la sociedad de nuestros derechos”. “Se piensa que ya se nos paga suficiente con la publicidad que se nos hace de nuestra obra y, a veces, se presiona y obliga al artista a renunciar a sus derechos”, señaló el pintor, para quien son los propios artistas los que también se tienen que concienciar. “Con el boo m del mercado que hemos vivido la sociedad se cree que los artistas tenemos algún poder. Esto es absolutamente falso; son seres desvalidos y débiles, algunos de ellos verdaderos héroes, que trabajan con dificultades bestiales. Al artista hay que defenderle y no explotarle. Se acabó la mendicidad y la humillación, es hora de que los artistas tomemos el poder y exijamos el respeto y reconocimiento que nos merecemos.
Para Juan Genovés es importante que se haga en España lo mismo que en Europa, así como que se cumpla la legislación existente. El autor de los famosos dibujos pro amnistía en plena dictadura franquista, que hizo público su malestar por la ausencia de la ministra, denunció el que incluso museos nacionales en la elaboración de catálogos “han llegado a pagar derechos de autor a artistas extranjeros y no a españoles, con el peregrino argumento de que aquí, en nuestro país, nunca se había hecho”. Con un bolsón cruzado por el pecho y una gabardina quizá demasiado larga para su estatura, Antonio López sonreía por los pasillos de la universidad a los muchos admiradores que se le acercaban a saludar. Él estaba claramente en el grupo, si no de los despistados, sí de los no demasiado concienciados o algo dudosos. Aunque el pintor manchego señaló que estaba de acuerdo con la necesidad e importancia de crear un marco en el que los autores, sobre todo los más jóvenes, vean respetar sus reivindicaciones y derechos, López no quiso obviar algo que quizá estaba latente y nadie se atrevía a decirlo.
“Aquí hay demasiados tópicos; es todo muy complicado. Es verdad que hay que corregir posibles injusticias y desajustes, pero hay que ser también más realistas. La vida es muy difícil y dura para todos, y no sé por qué los pintores tenemos que exigir más que los demás. Ninguno de los que estamos aquí, y yo el primero, nos podemos quejar. Los pintores no debemos exigir más que los campesinos o los taxistas”, dijo el pintor.
Autor de los medallones con los que VEGAP galardonó ayer a diversas instituciones en Zaragoza, Mariscal señaló que no había que esperar a que el Estado resolviera los problemas. “Lo que hay que hacer es currárselo. Yo llevo mucho tiempo desarrollando una labor pedagógica por medio de contratos”.
El primer pleito
EL PAIS-JT – Zaragoza – 01/12/1993
El escultor vasco Eduardo Chillida asistió a los actos de Zaragoza profundamente indignado por la actitud del Ayuntamiento de Vitoria hacia su obra en la plaza de los Fueros de la capital alavesa. Tras la denuncia pública, Chillida puso en manos de VEGAP la defensa de sus intereses ante a la “tropelía” del consistorio.Sin ninguna consulta al escultor, ni siquiera al arquitecto Luis Peña Ganchegui, encargado de la reforma de la plaza de los Fueros, los responsables municipales han colocado una valla que altera radicalmente el sentido de la obra de Chillida en su entorno. El artista vasco afirmó dolido: “Es la única obra, en toda mi vida, de la que me arrepientoUmjetnici zahtijevaju autorska prava
Eduardo Chillida izvijestio je da, prije pokriva s dasaka na trgu, već je napustio skriva skulptura koje je donirao u grad u kojem trenutku se savjetovati o tome kako riješiti ono što se činilo opasnost, biti trg podijeljeni u nekoliko razina visine.Sada, nakon brisanja problem, film u režiji kipara Ganchegui Pena opisuje kao "vrlo dobar posao", grad je ponovno jednostrano odlučiti plasman ogradu zaštite, kao i kipar je nepotrebno, smiješno .
Eduardo Chillida odrastao u istim dvoranama dvorani Sveučilišta u Zaragozi na direktora VEGAP potrebu intervenirati kolektivno na uvrede. Javier Gutierrez, zamjenik upravitelja udruge, preuzeo neposrednu provedbu manifest, izdan samo nekoliko minuta prije, obrana interesa umjetnika i izjavio da je postupak pokrenut odmah, najprije putem dijaloga, a ako ne rezultat zakonom, autor volja poštuje.
VEGAP potpredsjednik rekao je da će to biti prvi sukob u kojem oni djeluju nakon koncerta, ali performanse će zapravo broj tri sa sličnim karakteristikama.
Prethodna dva su se dogodile u vezi ispaćeni skulptura, Plaza u Madridu Azca, a drugi u andaluzijski grad u kojem je udruga morala intervenirati "protiv apatije vlasti prema umjetničkih djela na javnim mjestima ".
Kipar Eduardo Chillida opisati kao tegobnom liječenju pretrpio određene umjetnina instaliranih na javnim mjestima od strane institucija, a zatim podvrgnut samovoljnom dizajna ili nedostatak njege i održavanja. "Tvrditi naša prava zajedno je već važan korak", rekao je utješiti Chillida.
6 -. Internacional.Las predstavljanje strukture (CISAC, IFRRO, EVA).
CISAC (Međunarodna konfederacija društava autora i skladatelja), što predstavlja 229 autora društva u 121 zemalja i tri milijuna stvaratelja i izdavačima.
putem CISAC .
Međunarodna federacija za reprodukciju prava organizacija (IFRRO)
radi povećanja međunarodne pravne korištenje djela teksta i slika na temelju autorskih prava i da se ukloni neovlašteno kopiranje promicanjem učinkovito upravljanje kolektivnih prava kroz RRO nadopuniti autori i izdavači u svojim aktivnostima.
IFRRO .
EVA
Europski likovni umjetnici (EVA) zastupa interese autora kolektivno društvima predviđenim za likovnu umjetnost. 25 europskih prikupljanje društva likovnih stvaralaca predviđeni su se okupili pod ovaj krov kao članove ili promatrače. Oni Kolektivno upravljanje autorskih prava od gotovo 60 000 stvaratelja djela likovne umjetnosti, ilustracije, fotografije, dizajna, arhitekture i drugih vizualnih djela.
putem EVARTISTS - Eva [europskih likovni umjetnici] .
druge organizacije, konvencije i ugovori
- Svjetski dan intelektualnog vlasništva
- Bernska konvencija za zaštitu književnih i umjetničkih
- Univerzalna konvencija o autorskom pravu
- Autorskom pravu Svjetske organizacije
- Europska unija direktiva o autorskim pravima
L'ABC du droit d'autorskog
Naslov: L'ABC du droit d'autorskog
Autor: UNESCO Kultura Sektor
Jezik: francuski i engleski
Subjekt: UNESCO Kultura Sektor
Broj stranica: 96
Datum objave: ožujak 2010
Dostupnost: Publikacija je dostupna na sljedećoj internetskoj stranici:
http://www.unesco.org/fileadmin/MULTIMEDIA/HQ/CLT/diversity/pdf/WAPO/ABC_Copyright_fr.pdfUNESCO je objavio knjigu o autorskim pravima koji sadrži pregled osnovnih principa i donosi nam bliže međunarodnog zakonodavstva o ovoj temi:
nastavite čitati ...
putem Zamj Kultura - Kultura Vijeće Baskijski - Baskijski Zvjezdarnica kulture - LABC du droit dauteur .
7 -. Dosje o umjetnosti i copylefta
Postoje mnoga mjesta gdje se uzimaju živu raspravu i snažnu o copyleftom, slobodne kulture i slobodnog protoka znanja. Međutim, suvremena umjetnost još uvijek pokazuje neki odgovor na to pitanje, vjerojatno zato što copylefta i vidjeti sve ono što to znači obnovljenu energiju za nespremne.
Ovdje dokumentacija ideja i umjetničkih iskustava pokreta dozvola izdanih od strane Natxo besplatno i Lila Rodriguez Pagola.
dokumentacija ideja i umjetničkih iskustava sa slobodnim kretanjem dozvola
- Natxo Rodriguez / lila Pagola
- Verzija 1.0 2010
Uvođenje
Retomamos este dossier de recursos sobre arte y copyleft luego de varios años, con el estímulo de hacerlo circular entre los colectivos y personas activistas de la cultura libre que se reúnen en el Foro Social Grande de Porto Alegre este próximo fin de enero de 2010 en Brasil.
Anhelamos que aporte una mirada particular sobre las diversas perspectivas desde las cuales los artistas, mayormente los que venimos de las artes visuales, nos aproximamos a la cultura libre: perspectivas que reconocen enlaces históricos con viejas discusiones en el mundo del arte, perspectivas políticas, también viejas, que se preguntan por la función social del arte en la sociedad, el status del artista y de sus producciones: entre otros aspectos por su distribución, y por los modos de hacer, los procedimientos que se reconocen como artísticos en este contemporáneo contexto de remezcla, apropiación y cita.
Hacer dialogar las “miradas” de distintos colectivos, es a nuestro entender, un desafío central en la difusión y comprensión real de las propuestas de la cultura libre, en función a la heterogeneidad de los activistas que la sostienen. Por otro lado, la perspectiva de un conjunto de los creadores como son los artistas -en una definición acotada a la legitimación de las instituciones culturales- representa un diálogo imprescrindible y urgente. Es claro que la mayoría de nosotros, en nuestro rol de receptores, ya hemos actuado – a conciencia o no- a favor de la libre circulación de la cultura: cada vez que fotocopiamos un libro, bajamos una canción o una película, copiamos una fotografía estamos reafirmando nuestra posibilidad de acceder al inmenso y creciente acervo cultural global que es internet.
El paso estratégico es que en nuestro rol de creadores, recordemos esta dinámica de inusitada riqueza de la que estamos participando, y aportemos lo que está a nuestro alcance -nuestra creación- sin restricciones de circulación, para que aquel modelo basado en la escasez material, acabe por disolverse en su propia imposibilidad de control.
Los matices de la copia permitida son terreno de arduo debate, y también de ensayo y error: si permitir usos comerciales o no, si permitir obras derivadas o no … y no parece ser posible una unificación de criterios que resulte útil a todas las formas artísticas en su diversidad de modos de circular, y garantizarle a los autores la devolución -en la forma que esta ocurra, que complete el círculo y abone la diversidad cultural.
Estos y otros temas son abordados en los materiales que reunimos en este dossier, para aportar al debate informado ya la recuperación de pensamientos, actos, obras muy anteriores a nuestro presente tecnológico, en las que puede haber claves para entender y acordar las formas de circulación de la cultura en el futuro.Siječanj 2010
Presentación versión beta
Son muchos los lugares donde se está dando un debate vivo e intenso sobre copyleft, cultura libre y circulación libre del conocimiento. Sin embargo, el arte contemporáneo todavía muestra cierta reacción a tratar el tema, seguramente porque ve en el copyleft y todo lo que ello significa una energía de renovación para la que no está preparado. Existe toda una mitología creada en torno al artista, la obra de arte, su comprensión y su difusión sobre la que se sostiene todo un sistema que no está dispuesto a trastocar sus tradicionales fundamentos. Aceptar el copyleft simplemente como una posibilidad significaría renunciar a ciertos mecanismos vigentes, a discutirlos y quizá reemplazarlos por otros modos de hacer que pondrían en cuestión al autor, el museo, el mercado, etc. tal y como se ha ido transmitiendo durante décadas. Todo ello, a pesar de que el fenómeno digital avanza imparablemente y aquellos modelos basados en la escasez y en el valor del soporte físico ven cómo sus ancestrales paradigmas llegan a su fin. El arte, que mira de reojo a las industrias culturales o creativas del cine y la música como modelos de negocio, no es capaz de verse reflejado en sus errores y continúa intentando sacar partido de los procesos emprendidos de espectacularización de la cultura y puesta en valor de la imagen y lo audiovisual conforme, por contra, a patrones obsoletos provenientes del mundo analógico. ¡Se está retrasando lo inevitable! Ya que mientras lo digital propone una coyuntura de abundancia y reproducción infinita a casi coste cero con infinitas posibilidades de revertir en el procomún, para el bien de la comunidad, el arte y su pesada estructura siguen viviendo en el paradigma del autor mítico, la obra original y el acceso restringido. En consecuencia, para proteger su espacio ancestral, tanto en el reino del arte contemporáneo como en de la cultura, dominado por las industrias del entretenimiento, las leyes de derechos de autor y de propiedad intelectual se endurecen y están siendo utilizadas para cercar y expropiar más derechos a los usuarios en supuesto beneficio del creador cuando, en realidad, se está hablando de control y beneficios empresariales.
Es complejo, articular una respuesta a esta problemática pero la experiencia enriquecedora del software libre como propuesta intelectual colectiva, creativa, horizontal, participativa, activa para con el procomún, nos hace pensar que el copyleft puede ser el paradigma que subvierta definitivamente los fundamentos tradicionales del arte contemporáneo. Más aún, cuando nos referimos a aquellas parcelas del arte sustentadas y apoyadas desde lo público, donde sin duda y sin contestación, el esfuerzo realizado desde lo público debe revertir en lo público y eso pasa por enriquecer y promocionar el procomún. Si en el ámbito de lo privado el copyleft es “una opción” viable, en el terreno de lo público el copyleft ha de erigirse como “la opción”.
Sin embargo, no podemos perder de vista que el copyleft y todo su discurso proceden de un contexto muy concreto como es el del software libre. En el arte, por tanto, al ser un ámbito y un contexto bastante distinto, el reto es doble. Por un lado, intentar aprender de sus logros y conquistas y, por otro, hacer un esfuerzo en trasladarlos de modo coherente a un campo donde autoría, colectivo, creación, acceso, utilidad e incluso negocio o empresa tienen significado y connotaciones bien diferentes.
Este directorio pretende, en consecuencia, ser un repositorio en construcción de textos en castellano, propuestas y referencias específicas sobre arte y copyleft que contribuyan a activar un debate muy necesario sobre el arte contemporáneo y lo que el copyleft puede aportar en la coyuntura actual.
El directorio está organizado en tres secciones: Repositorio de textos sobre copyleft y arte, Experiencias copyleft en el arte y Licencias libres para el arte.
Agosto 2006.
Repositorio de materiales
Listados de varios textos (libros y artículos) y clásicos generales
- Listado Copyfight de Elastico.net
- Free Culture Lawrence Lessig.
- Copia este libro David Bravo.
- Vender vino sin botellas: la economía de la mente en la Red Global. Perry Barlow, John. 2004. Publicado originalmente como en la revista Wired
en 1994. http://www.wired.com/wired/archive/2.03/economy.ideas_pr.html
2001
2004
- COPYLEFT: la creación se promueve… compartiéndola Nuria Vila y Xabier Barandiaran. 2004.
- La conquista silenciosa del ciberespacio: Creative Commons y el diseño de entornos digitales como nuevo arte regulativo en Internet . Ariel Vercelli. 2004.
- Capitalismo cognitivo. AAVV. Edit. Traficantes de sueños.
- Stallman, Richard M. Software libre para una sociedad libre . Ed. Traficantes de sueños. Madrid, 2004
2005
- Creación e Inteligencia Colectiva. El libro. Autores varios. Edición de Zemos. 2005.
- Estado de las Creative Commons. Nicolás Malevé. Zehar nº 55. Arteleku. 2005
- Herramientas jurídicas como narración feminista: del autor a las commons . Laurence Rassel. texto pronunciado la primera vez durante el seminario «Mutaciones del feminismo: genealogías y prácticas artísticas». Arteleku. Abril 2005.
- Licencias libres en el mundo del arte. Resumen de mesa debate con Javier Gutiérrez (fuera de línea) Vicen y Jorge Cortell; Moderador: Amador Fernández Savater. En las II Jornadas Copyleft. Barcelona. (el resumen de la mesa se encuentra en la 3ª parte del documento). Abril 2005.
- Manifiesto de Soria . Sobre las reproducciones de obras de arte. JA Ramírez. Junio 2005.
- Imaginando un mundo sin copyright. Joost Smiers y Marieke Van Schijndel. Zehar nº 55. Arteleku. 2005
- Derechos de autor: hacia nuevas conceptualizaciones categoriales de la producción y colaboración en la obra de arte digital . Diana Zuik y María Alejandra Sánchez Antelo. Séptimas Jornadas de arte y medios digitales, Córdoba (Argentina). Agosto 2005.
- Hacking Net. Software Libre. Experiencias Artísticas . Angie Bonino. Séptimas Jornadas de arte y medios digitales, Córdoba (Argentina). Agosto 2005.
- Copyright y el brillante futuro digital de los museos. Natxo Rodríguez. Zehar nº57. Arteleku. 2005
- La crítica y la historia del arte frente a los derechos de reproducción . JA Ramírez. Lápiz. nº 217, noviembre 2005
2006
- Rodríguez, Natxo. Reactivación del procomún. III Congreso online. Conocimiento Abierto. Sociedad Libre. 20/11/2006 – 3/12/2006.
- El salario del Artista . Florenci Guntín. EXIT Express. nº17, febrero 2006
- J(em)'acuse. Rogelio López Cuenca . EXIT Express. nº17, febrero 2006
- Derecho de ¿autor? El debate de hoy . Lilian Alvarez. EDITORIAL DE CIENCIAS SOCIALES, LA HABANA, 2006
- Los verdaderos enemigos de los “derechos de autor” . JA Ramírez. EXIT Express. nº17, febrero 2006. Reproducido en Artesanía en la red.
- Acerca de los derechos de autor en la era digital . M. Alejandra Sánchez Antelo y Diana Zuik. Ponencias seleccionadas en el Simposio de prácticas de comunicación emergentes en la cultura digital 2006. Córdoba (Argentina). Agosto 2006.
- Copy-left. Manual de uso . Libro editado por Traficantes de sueños, con la colaboración de Arteleku y UNIA arte y pensamiento. Tiene un capítulo dedicado a las obras audiovisuales (MC Cagide y N. Fillat Oiz) y otro a Copyleft y Arte (n.Rodríguez). Se puede descargar en pdf o comprar en papel en su web.
2007
- Proto-Copyleft LA Lila Pagola. 2007.
- ¿POR QUÉ A ALGUNOS ARTISTAS NOS INTERESA EL SOFTWARE LIBRE? Lila Pagola. 2007.
- Cultura Libre y actitud copyleft: Nuevos nombres para viejas prácticas. Notas sobre las obras derivadas Lila Pagola. Texto curatorial para la Bienal Arte nuevo interactiva 2007. México.
- Software libre: caja abierta y transparente. Lila Pagola. En: Instalando arte y tecnología. Edición del colectivo Troyano. 2007. Chile.
- turbulence: remixes + bonus beats . Eduardo Navas
2008
- Artes visuales y Cultura Libre. Una aproximación copyleft al arte contemporáneo. Natxo Rodríguez. Tesis doctoral 2008 (pendiente de publicación). Solicitar por mail a natxo (at) fundacionrdz.com.
- Imaginando un mundo sin copyright Video de la conferencia de Joost Smiers en CAmon. Octubre 2008. Alicante. España.
- Compartiendo capital: el libro Autores varios. Argentina. 2008.
- Propiedad Intelectual. Nuevas tecnologías y accceso a la cultura. Varios Autores. Centro Cultural de España, México 2008
2009
- Las muertes anunciadas y nunca consumadas del autor Conferencia de Simón Marchán Fiz, crítico de arte, catedrático de Estética y Teoría de las Artes en la Facultad de Filosofía de la UNED. Diciembre 2009.
- Abandonar el copyright: una bendición para los artistas, el arte, y la sociedad Joost Smiers. Traducción de Kamen Nedev. Publicado en Medialab Prado .
- 6ª Videoconferencia: Arte, Copyleft y el problema del doble estándar en contextos de contradicción Lila Pagola. Seminario SECO. 2009.
- Estética y política del procomún Jordi Claramonte. Ponencia presentada en el Seminario ACCCESO. Costa Rica. Noviembre 2009.
- Copyleft, cultura libre y arte contemporáneo Lila Pagola. Ponencia presentada en el Seminario ACCCESO. Costa Rica. Noviembre 2009.
- Audiovisuales y el uso de plataformas de software libre Felipe del Águila. Ponencia presentada en el Seminario ACCCESO. Costa Rica. Noviembre 2009.
- Repensando los bienes intelectuales comunes: análisis socio-técnico sobre el proceso de co-construcción entre las regulaciones de derecho de autor y derecho de copia y las tecnologías digitales para su gestión Ariel Vercelli. 2009.
- El uso de las redes P2P como fuente de manifestaciones culturales en Brasil. El ejemplo de la red Submidialogia Comunicación presentada por Karla Brunet en el marco del seminario del 4º Encuentro Inclusiva-net: Redes y procesos P2P, celebrado en Madrid del 6 al 10 de julio de 2009.
Experiencias Copyleft en el Arte
Una experiencia de actitud copyleft realizada sobre un objeto real (una pintura que fue siendo derivada por amigos del autor, que trabajaban a partir de lo que les llegaba)
Platoniq es una plataforma de producción y distribución de contenidos digitales, un sello de net cultura que además se ocupa de organizar actividades gratuitas en espacios públicos. Entre sus proyectos, cabe destacar propuestas como Burn Station , con el que fueron premiados en 2006 en Transmediale, o Banco Común de Conocimientos
El evento Copyfight ha tenid, hasta el momento dos partes. En la primera, julio 2005, se planteaban una serie de “actividades sobre la crisis imparable del modelo actual de propiedad intelectual, y la emergencia de la cultura libre”. En la segunda, celebrada en el Centre d'Art Santa Mònica, de Barcelona, el objetivo era la cuestión de los derechos de autor en las artes visuales con un la celebración de un simposio, un punto de consulta y una biblioteca online de cultura libre.
Es un proyecto internacional colectivo y descentralizado en el que participan varios colaboradores/as con diversos niveles de implicación. Como resultado se ha publicado un libro y un doble DVD, recogiendo el trabajo de más de 100 participantes en el proyecto, cuyos contenidos están disponibles bajo licencia Creative Commons.
Estudio Livre es una plataforma colaborativa que surgió en Brasil y ofrece herramientas y recursos para el trabajo en equipo o derivativo sobre audio, video e imagen fija.
El proyecto es una propuesta para repensar el proceso de creación artística, implicado tácitamente por la noción de autoría convencional, dentro de un marco institucional de legitimación como es el museo, y en general el circuito del arte. La “obra derivada” es una posibilidad que pueden elegir los autores mediante una licencia cc, permitiendo a los “receptores”
hacer otra obra tomando como punto de partida la del autor original, modificándola y haciéndola suya, pero sin dejar de reconocer el autor de origen.Copycult tuvo lugar en el año 2000 en Bruselas y fue un intercambio de experiencias sobre la influencia del copyright y la cultura de la copia. A partir de entonces, Copycultse ha convertido en un lugar de referencia sobre copyleft; textos, noticias y discurso crítico sobre la influencia del copyright en la cultura y el arte.
Es un proyecto curatorial que pretende crear un plataforma para intercambiar obras entre artistas, curators y el público dando a la audiencia libre acceso a los trabajos. Los trabajos recopilados en la web pueden ser descargados, cambiados, distribuidos, exhibidos y usados libremente por cualquiera.
Una plataforma para el libre intercambio de conocimientos. Un espacio donde compartir detalles de procesos, proyectos y logros felices.
- La caja quemadora Planeta X. Una Burn Station made in Rosario.
- Copyleft Argentina COPYLEFT Argentina es un sitio destinado a informar e impulsar el desarrollo de actividades, proyectos e iniciativas relacionadas con la filosofía del Copyleft.
- Narración con FlickrCC: Obras de creación colectiva creadas por los usuarios Concurso de cuentos creados a partir de fotos de Flickr con licencias CC
- Sin cita Fabricio Caiazza. 2007-2009. “Textos extraídos de blogs y trasladados a espacios públicos, para luego ser fotografiados y devueltos a la blogósfera. Traslado a otros espacios textos que circulan en internet (sitios de auto-publicación como blogs, facebook, twitter,etc). Son fragmentos de pensamientos en torno a la construcción y circulación de realidad en la internet social o web 2.0. Luego me encargo de rotularlos sobre diversos soportes y trasladarlos a la calle para fotografiarlos y finalmente devolverlos a la blogosfera”.
Licencias libres para el arte
- Guía de Licencias de Contenido Abierto (en inglés)
Una exhaustiva recopilación de licencias de contenido abierto, con muchas licencias aplicables al sonido (creación, reproducción, retransmisión)
Licencia para producciones artísticas inspirada en la GPL. Formulada originalmente en Francia, está traducida a 6 idiomas y es válida en los países que respetan los derechos de autor. El texto de la licencia es muy similar a la GPL, casi al punto en el que la palabra “software” está reemplazada por “obra de arte”.
Es una licencia copyleft porque permite por defecto la modificación (obras derivadas) y el uso comercial de aquello que se licencia.
- Sistema de Licencias * Creative Commons
Creative Commons es un sistema modular de licencias que permite elegir al autor entre distintas posibilidades respecto de la realización de obras derivadas, el uso comercial y el respeto a los términos originales de la licencia.
Algunas combinaciones dan como resultado licencias que no son copyleft, en cuanto no permiten modificaciones y/o uso comercial de la obra.
En todos los casos permiten la copia y exigen el reconocimiento al autor.Una licencia que propone una solución técnica para el acceso a los archivos-fuente de las obras digitales (los .fla sobre todo) accediendo desde la palabra Source del material licenciado de esta forma.
Esta licencia, realizada por el abogado Abel Garriga fue especialmente realizada para la exposición “Aire Incondicional”, llevada a cabo en el Centro de Arte Shedhalle (Zürich) y aplicada a una serie de contenidos dentro de la exposición ya otros realizados durante el tour de presentaciones en Suiza.
La licencia Aire incondicional fue redactada desde el principio en español y desde el marco legal de España, en vistas a que sea fácilmente entendible, modificable y expandida por las personas y grupos de habla hispana que la quieran utilizar en sus contenidos y conociendo que no existen apenas iniciativas de este tipo que no sean en lengua anglosajona.links
Tiene dos ediciones, 2008 y 2009, con la presencia de múltiples actores de toda Argentina vinculados a la escena de la cultura libre.
Un reporte de la primera edición puede leerse en la edición de la revista Escaner cultural de diciembre de 2008.es un proyecto de difusión de la cultura libre que reúne materiales, música, difunde noticias, etc.
Dossieres Arteleku: Copyleft.
Dentro del apartado dossieres del espacio online de arteleku, se recoge material documental completo (imágenes y textos) de los proyectos más importantes que se desarrollan a lo largo del año en el centro. Hay una sección especial dedicada a Copyleft.Sección monográfica en el Transmisor de Laura Baigorri sobre copyright, propiedad intelectual y derechos de autor. Links a licencias, debates, textos e instituciones públiicas o privadas implicadas en el copyleft.
Biblioteca de textos sobre cultura libre puesta en marcha desde el proyecto Copyfight.
Blog relacionado con el proyecto derivadas donde se reflejan algunos temas surgidos durante el proceso del proyecto.
Impresionante archivo de textos copyleft creado por Metabolik Hacklab. Documentos teóricos sobre mediactivismo, hacktivismo, software libre, cognitariado y un largo etc.
licencia de uso y datos de contacto
Licencia de uso y otros datos:
Creative Commons License
Dossier sobre arte y copyleft por Natxo Rodríguez y Lila Pagola está licenciado bajo una licencia Creative Commons Atribución-Compartir Obras Derivadas Igual 3.0 Unported.Por correcciones, comentarios, sugerencias, materiales para agregar, etc. puede contactarse con:
- Natxo Rodríguez: natxo (at) fundacionrdz.com
- Lila Pagola: lilapagola (at) gmail.com
- vía Dossier sobre arte y copyleft : compartiendocapital.org.ar .
Više informacija:
Enlaces:
¿Qué es la propiedad intelectual?
Mariapella – La propiedad intelectual en la era digital
Derecho de autor – Wikipedia, la enciclopedia libre
Dossier sobre arte y copyleft (Natxo Rodríguez /Lila Pagola)
Access to Knowledge in the Age of … – Gaëlle Krikorian, Amy Kapczynski – Google Libros
Prohibido pensar, propiedad privada. Los monopolios sobre la vida, el conocimiento y la cu…
Intellectual property: economic and … – Roger D. Blair, Thomas F. Cotter – Google Libros
Libres de monopolios sobre el conocimiento y la vida: Hacia una convergencia de movimiento…
Capitalismo cognitivo, propiedad intelectual y creación colectiva.
¡Copiad, malditos!
“¡Copiad, malditos! derechos de autor en la era digital” es un documental sobre propiedad intelectual, derechos de autor y el futuro de la cultura, que está produciendo elegant mob films junto con TVE.
¡Copiad, malditos! derechos de autor en la era digital – elegant mob films: el documental .
Aquí está el documental para visionar:
¡Copiad, malditos! (DOC/58′/ES/HD720p 16:9) from elegant mob films on Vimeo .
Otros sitios de interés relacionados:
- Andy Ramos
- Bandaancha.st
- Blogespierre
- Caspa.tv
- Cultura Digital
- David Bravo
- derechoynormas.blogspot.com
- Defensa Cultura
- Derecho en Red
- Derecho Internet
- Escolar.net
- Facua
- Fundación Copyleft



























































